El Poder Ejecutivo decretó el ajuste del salario mínimo que rige en el sector privado en un 7%, que entra a regir desde el 1 de julio. De esta forma, a partir de ahora el salario básico alcanza 1.507.484 guaraníes. El Decreto 4686 del Poder Ejecutivo dispuso en la fecha el reajuste del 7 por ciento de aumento salarial para el sector privado; a regir desde el 1 de julio del año en curso.
El aumento será para los salarios mínimos y jornales diarios vigentes en las actividades expresamente previstas, escalafonadas y las diversas no especificadas.
A partir de esta disposición, de 1.408.863 guaraníes, la remuneración por treinta días de trabajo será de 1.507.484 guaraníes.
El Consejo Nacional de Salarios Mínimos estudió el pedido y elevó al Ministerio de Justicia y Trabajo su dictamen en mayoría, en el cual recomienda el aumento del salario mínimo vigente para todos los trabajadores de la República.
En el considerando, el documento oficial expresa que están dadas las condiciones exigidas por el Artículo 256, Inciso b) del Código del Trabajo, Ley Nº 213/93, conforme consta en el informe proporcionado por el Banco Central del Paraguay, sobre la variación del índice del costo de vida.
Señala además que teniendo en cuenta que el ajuste decretado a partir del 1 de mayo de 2009, del 5 por ciento sobre el salario mínimo, vale decir por debajo de la variación del índice del costo de vida, corresponde otorgar un ajuste compensatorio.
Fuente: La Nación Paraguay







